Nota Informativa Agrupación Socialista de Villaviciosa. Rechazado denuncia PP contra PSOE
Nota Informativa Agrupación Socialista de Villaviciosa. 27-5-2019 - INFORMAMOS A LA OPINIÓN PÚBLICA QUE LA JUNTA ELECTORAL HA RECHAZADO OTRA NUEVA DENUNCIA DEL PP DE VILAVICIOSA CONTRA EL PSOE
RECORDAMOS QUE EL PP DE VILLAVICIOSA, SI FUE CONDENADO EN 2015 POR ILEGALIDADES EN LA CAMPAÑA ELECTORAL EN QUINTES
El PP de Felgueres y Bugnero cerró la campaña electoral el pasado viernes, presentado un denuncia contra el PSOE. Hoy hemos conocido la resolución de la Junta Electoral que no les da la razón y rechaza la denuncia.
Esto sucede después de que hace dos semanas, al inicio de la campaña el Sr. Buznego anunciara a todos los medios de comunicación que había presentado denuncia a la Junta Electoral contra el PSOE. Al final se confirmó que no fue más que una de las muchas mentiras que divulgo el PP durante esta campaña, tal y como venimos denunciando
Queremos resaltar además, que el anuncio a los medios de comunicación, se produjo el mismo día, en que cumplían cuatros años, desde que la Junta Electoral, condenara al PP de Villaviciosa, por infracción de las normas electorales, ante el mitin político que dio el candidato del PP a la Alcaldía, José Felgueres, aprovechando el pregón de las Jornadas de les LLampares de Quintes. (se adjunta resolución condenatoria de la Junta Electoral de 2015)
EJEMPLOS DE PUBLICACIONES DE LA NOTICIA EN PRENSA REGIONAL
https://www.elcomercio.es/elecciones/municipales-asturias/gijon/villaviciosa-denuncia-ante-20190511015953-ntvo.html
https://www.lne.es/centro/2019/05/11/pp-denuncia-psoe-villaviciosa-anunciar/2470371.html
Ante tales acusaciones, desde el PSOE hemos decidido responder y se ha presentado denuncia contra el PP, dado que han financiado mediante pago de publicaciones en facebook videos de propaganda electoral que aunque se publicaron el viernes (último día de campaña) se siguieron difundiendo en plena jornada de reflexión del sábado y en la jornada de votación del domingo. Se trata de una burda maniobra que supone infracción de las leyes.
Se trata de un episodio más de la campaña sucia que ha desplegado el candidato Buznego, sin importarle mentir y difamar, acudiendo a las asociaciones y a los vecinos para hablar más de nuestro candidato, Alejandro Vega. Afortunadamente, el PP de Felgueres y Buznego engaña cada vez a menos votantes.
ADJUNTOS
DENUNCIA ANTE JUNTA ELECTORAL DEL PSOE CONTRA PP
RESOLUCIÓN DE LA JUNTA QUE DESESTIMA DENUNCIA DEL PP
RESOLUCIÓN DE LA JE DE 2015 QUE CONDENA AL PP
A LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE GIJÓN
MARINA PINEDA GONZÁLEZ, con dni. 10.863.655 L, en calidad de representante de la candidatura del Partido Socialista Obrero Español, PSOE, representación acredita ante esa Junta, comparece y, como mejor proceda, DICE:
Que mediante el presente escrito formula DENUNCIA por los siguientes HECHOS:
PRIMERO.- El Partido Popular de Villaviciosa viene publicando anuncios en Facebook con propaganda electoral, incluyendo un vídeo de su candidato a la alcaldía, en el que va desgranando su programa electoral, detallando las actuaciones que propone para el casco urbano de la Villa y finaliza pidiendo el voto para el Partido Popular en las elecciones locales.
SEGUNDO.- El mencionado vídeo fue “colgado” en la red social Facebook el pasado viernes, 24 de mayo y desde esa fecha se inserta como anuncio publicitario en la misma red.
En el día de hoy, 26 de mayo, jornada electoral, se ha emitido como publicidad dicho vídeo, tal como se acredita con copia de captura de pantalla que se adjunta. El contenido del vídeo se puede comprobar en la página de Facebook del Partido Popular de Villaviciosa, “populares de Villaviciosa”.
TERCERO.- El artículo 53 LOREG señala que “No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado”.
Por su parte, el art. 144 LOREG tipifica como delito realizar actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral, conducta que de no considerarse lo suficientemente grave para ser constitutiva de delito deberá calificarse de infracción electoral, sancionable con multa según el art. 153 LOREG.
Por lo expuesto,
SOLICITA que, teniendo por presentado este escrito, lo admita, tenga por formulada DENUNCIA por infracción del artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se incoen las actuaciones oportunas y se resuelva sobre las sanciones a imponer en caso de considerarse la existencia de una infracción electoral o, en caso de considerase que la conducta denunciada es constitutiva de delito, se remitan las actuaciones a la fiscalía para la incoación de las correspondientes diligencias.
En Gijón, a 26 de mayo de 2019.
Fdo. Marina Pineda González.
Comunicado e imágenes remitido: Agrupación Socialista de Villaviciosa. 27-5-2019 -